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El TJCE confirma la validez del monopolio de Internet en el asunto C-42/07
8/9/2009
El 8 de septiembre de 2009 el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha dictado sentencia en el asunto C-42/07(Liga Portuguesa de Futebol Profissional).

El Tribunal establece que en la medida en que el sistema en cuestión es necesario, un Estado miembro tiene el derecho de opinar que el mero hecho de que un operador privado como Bwin ofrezca legalmente sus servicios en el sector a través de Internet en otro Estado miembro, en el cual esté establecido y en el que en principio ya esté sujeto a controles y condiciones legales, no supone una garantía suficiente de que los consumidores nacionales estarán protegidos contra los riesgos de fraude o delincuencia. En dicho contexto, además, existe la posibilidad de que las autoridades del Estado miembro de establecimiento del operador tengan dificultades para evaluar las cualidades profesionales y la integridad de los operadores.

Igualmente, el Tribunal subraya que, dada la falta de contacto directo entre el consumidor y el operador, los juegos de azar accesibles a través de Internet conllevan mayores y distintos riesgos de fraude que los de mercados tradicionales. El Tribunal también considera posible que un operador que patrocine algunas de las competiciones deportivas para las que acepta apuestas o algunos de los equipos que participan en dichas competiciones pueda ejercer una influencia directa o indirecta en el resultado de las mismas y, de esta forma, aumentar sus beneficios.
El Tribunal concluye que, en vista de las características específicas asociadas a la oferta de juegos de azar a través de Internet, la prohibición impuesta sobre operadores como Bwin de ofrecer juegos de azar a través de Internet ha de considerarse como justificada, con el objetivo de luchar contra el fraude y la delincuencia y, por tanto, es compatible con el principio de libre prestación de servicios.

Esta sentencia probablemente pondrá fin a los regímenes de juegos de azar remotos como los de Malta, Gibraltar y la Isla de Man.

La versión inglesa da fé.

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